mercoledì 27 luglio 2011

Ministro Bulnes de Justicia pasa a Educación y aprueba la violencia y tortura de los dirigentes estudiantiles.


Un comentario de José Venturelli a artículo en Radio Universidad de Chile - Diario Electrónico (26072011)

Como el Estado y Gobierno aplican montajes y criminalización de las demandas estudiantiles y universitarias.

Bulnes, como Ministro de justicia, jugó un papel de continuar con las violaciones a los derechos de los detenidos y a la ausencia del Debido Proceso. Presionó para “acar resultados a los cuerpos del poder judicial (y estos, “se dejaron influenciar” como fue el triste papel jugado por la Corte Suprema contra los 4 condenados mapuche condenados bajo tortura y negación del derecho penal más elemental) Bulnes ahora ya muestra su mala actitud y persistente alergia a los procesos participativos, negándose a que los implicados en educación puedan participar de modo transparente. Son los estudiantes los principales afectados y el Ministro ya empieza con las mismas jugarretas que acostumbra el Presidente. La criminalización de los estudiantes con montajes se hace muy clara con el caso del Secretario General de la FE de Concepción. Este ha sido acusado como terrorista (se le acusa, como ya es común de parte del gobierno/Estado de uso de bombas que no existen. Eso les permite amenazar con penas a a vida. El Jefe de Carabineros que niega haber usado violencia o que fuera montaje… como siempre lo hacen luego de dar golpizas y torturar) Detenido de modo preventivo, en una cárcel atestada -tiene otros 50 presos en su área, pero en lo práctico, es perseguido por Ley Anti-Terrorista… al estilo pinochetista tradicional. Es decir, el circo represivo continúa y ya han incluido, además de los mapuche, de los “eco-terroristas, de los “casos bombas” del fundamentalista fiscal Peña y de su jefe Hinzpeter que nada han podido demostrar. Se le acusa de lanzar bombas… Lean la carta de Recaredo Galvez en el blog que adjunto más abajo.
El gobierno establece sus términos de actuar como se hacía en dictadura. No se acepta ni una divergencia ni protesta. Así sean democráticas y necesarias como es la lucha por el derecho a una educación de calidad. Piñera reprime todo lo que se aparece. Su incapacidad política es notoria (Para lo que sí es bueno es para las especulaciones financieras que lo muestran lleno de conflictos de interés (energía, tierras mapuche, termoeléctricas, farmacias… porque tiene intereses enormes en COPEC, en Farmacias Ahumada, más de 100.000 hectáreas en Tantauco (Chiloé)  y otros lugares). Sin evitar recordar su historia del Banco de Talca de la que lo salvó su Tata todo poderoso eliminando la querella y las pruebas que existían.  De allí que en los conflictos se esconde y se calla.
Su “maestro de orquesta”, el Ministro del interior es el hombre de la represión. Y por eso lo reconfirmó en su “nuevo gabinete” donde aumentan los ex-colaboradores de Pinochet, violando sus promesas…
La sociedad debe pronunciarse ante este nuevo crimen del estado chileno contra el movimiento estudiantil.


La represión persiste y Chile se empantana en el círculo vicioso de asegurar el lucro y reprimir a quienes se le opongan, sean estos estudiantes, mapuche, mineros, obreros, profesores, pescadores. De que Chile sigue siendo un país represivo y sin equidad lo vemos por todos lados. El reajuste salarial es una vergüenza, especialmente cuando los fraudes y especulaciones no tienen límites ni castigos. Las manos de los mandamases están en terribles conflictos de interés que determinan sus conductas políticas y actitudes represivas.

La reacción masiva de rechazo adicional por esta artera forma de reprimir a los estudiantes y de la incapacidad de reconocer educación como derecho erosiona la ya pobrísima aceptación de Piñera y sus boys…

venerdì 15 luglio 2011

Un testimonio 38 años después: "La inocencia" de los criminales y de quienes los protegen...

El caso de Alfonso Podlech recién "liberado contra toda lógica" muestra que no pueden ser prescriptibles los desaparecimientos como los de esta familia... similar en el crimen, la intención y las protecciones obtenidas como en el caso de Omar Venturelli. Al llegar a Chile dice Podlech que se ganó la prescripción de los desaparecidos... una gran victoria para los asesinos de lesa humanidad, obviamente.

Para no olvidar que esto sucedió y de que la impunidad persiste... como el dolor. La Corte Suprema entonces apoyó el crimen impune... como ahora las condenas montadas con tortura y testigos falsos. La Corte Suprema siempre en el lado de la represión. Nunca habrá olvido.

En solidaridad y por que sean juzgados todos estos crímenes con el apoyo del Estado y no conque se les entregue apoyo legal a los criminales de lesa humanidad.

Para detalles de los crímenes de lesa humanidad, ver Corte Penal Internacional (Estatuto de Roma)

Nota del Estatuto de Roma: http://www.derechos.net/doc/tpi.html
Artículo 7   Crímenes de lesa humanidad 
1. A los efectos del presente Estatuto, se entenderá por "crimen de lesa humanidad" cualquiera de los actos siguientes cuando se cometa como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque:    a) Asesinato;      b) Exterminio;  c) Esclavitud;   d) Deportación o traslado forzoso de población;  
e) Encarcelación u otra privación grave de la libertad física en violación de normas fundamentales de derecho internacional;   f) Tortura;   g) Violación, esclavitud sexual, prostitución forzada, embarazo forzado, esterilización forzada u otros abusos sexuales de gravedad comparable;   h) Persecución de un grupo o colectividad con identidad propia fundada en motivos políticos, raciales, nacionales, étnicos, culturales, religiosos, de género definido en el párrafo 3, u otros motivos universalmente reconocidos como inaceptables con arreglo al derecho internacional, en conexión con cualquier acto mencionado en el presente párrafo o con cualquier crimen de la competencia de la Corte;   i) Desaparición forzada de personas;   j) El crimen de apartheid;   k) Otros actos inhumanos de carácter similar que causen intencionalmente grandes sufrimientos o atenten gravemente contra la integridad física o la salud mental o física.
2. A los efectos del párrafo 1: (sólo indicados algunos aspectos que se han llevado a cabo en Chile)
* e) Por "tortura" se entenderá causar intencionalmente dolor o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, a una persona que el acusado tenga bajo su custodia o control; sin embargo, no se entenderá por tortura el dolor o los sufrimientos que se deriven únicamente de sanciones lícitas o que sean consecuencia normal o fortuita de ellas;
* h) Por "el crimen de apartheid" se entenderán los actos inhumanos de carácter similar a los mencionados en el párrafo 1 cometidos en el contexto de un régimen institucionalizado de opresión y dominación sistemáticas de un grupo racial sobre uno o más grupos raciales y con la intención de mantener ese régimen; . [El caso de apartheid ha sido llevado a efecto contra el pueblo mapuche en varios aspectos. NdelA JV]
* i) Por "desaparición forzada de personas" se entenderá la aprehensión, la detención o el secuestro de personas por un Estado o una organización política, o con su autorización, apoyo o aquiescencia, seguido de la negativa a informar sobre la privación de libertad o dar información sobre la suerte o el paradero de esas personas, con la intención de dejarlas fuera del amparo de la ley por un período prolongado.
A esto se debe agregar, de http://es.wikipedia.org/wiki/Desaparici%C3%B3n_forzada : El asesinato de la persona víctima de desaparición forzada, frecuentemente tras un cautiverio con torturas en un paradero oculto, pretende favorecer deliberadamente la impunidad de los responsables, que actúan con el fin de intimidar o aterrorizar a la comunidad o colectivo social al que pertenece la persona. Los efectos de la desaparición forzada perduran hasta que no se resuelve la suerte o paradero de las personas, prolongando y amplificando el sufrimiento que se causa a familiares o allegados. Estos últimos, y especialmente, por su vulnerabilidad, los niños que puedan ser sustraídos de padres afectados, son considerados también víctimas de este crimen”. (NdelA JV)

José Venturelli, Pediatra
Vocero del Secretariado Europeo de la Comisión Ética Contra la Tortura  CECT-SE




---------- Forwarded message ----------
From: Carlos Oliva Troncoso <coliva03@hotmail.com>

    La Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos y Ejecutados Políticos de La Araucanía, informa que hoy en la tarde falleció trágicamente, en Temuco, nuestra tesorera y antigua integrante Elía Barría Bassay. Elía era hermana de Héctor Alejandro y Guido Ricardo ambos desaparecidos en Río Negro (Osorno), en Octubre de 1973. En estos difíciles momentos, pedimos que acompañen a su familia y nos acompañen en su velatorio que se realizará en Blanco 236    (Fun. Villena) y a sus funerales el sábado 16, a las 15.00 Hrs, en el Parque del Sendero, de nuestra ciudad.
   Solicitamos difundir esta información
   Agradecidos...

     El Directorio
--

Testimonio


Elia Barría Bassay
Hermana de Guido Ricardo y HéctorAlejandro Barría Bassay,
Detenidos Desaparecidos, en Riachuelos el 16 de
Octubre de 1973
Yo en realidad no vivía con mis hermanos, yo vivía en Valdivia estaba casada, tenía mi hija mayor que en ese tiempo tenía dos años cuatro meses y estaba embarazada de 4 meses de mi segundo hijo, y fue terrible, fue súper angustiante para mí, porque yo lo primero que hice fue escuchar noticias, y
comienzo a escuchar lo que estaba pasando en Santiago, las radios en todas las ciudades la estaban también acallando, había muy poca información, o sea que tú después al pasar las horas, tu ya no tenías como informarte ya habían acalladotodas las radios, la última que se escucho en Valdivia fue la "Camilo Henríquez".
Mi esposo trabajaba cerca del colegio donde vivíamos, imagínate la desesperación. Yo tenia otro hermano estudiando en la Universidad Técnica, el era de las juventudes comunistas, entonces, era una desesperación tan grande, que no llegaba nadie, no llegaba mi hermano a la casa, no llegaba mi marido, al final ya cuando llegaron, mi esposo llegó a las una de la tarde, eran las tres, y mi hermano no llegaba, yo corrí a la Universidad, la Universidad ya estaba rodeada de militares, y no sé, por esas cosas de la vida, se salvó mi hermano y nos encerramos en la casa.
Pero yo vivía en un sector universitario y habían pensiones universitarias, toda la noche a los estudiantes los sacaban de las casas desnudos, arrastrándolos del pelo los milicos, por una calle de adoquines más encima y los echaban a los vehículos y se los llevaban, y nosotros detrás de las cortinas mirábamos ahí, con una tremenda desesperación y angustia, y sin saber nada de mi casa, que estaba pasando en mi casa, porque no habían teléfonos y ahí mi hermano, el que estaba en la universidad decidió, al segundo día, ir a su casa, y se fue con un pañuelo blanco para que no lo vayan a tomar en la noche, para mostrar que él iba para el tren, nosotros sin saber si había llegado, o no había llegado.
Bueno, después supimos que estaba mi abuelito preso en Osorno, el hermano de mi mamá, otro hermano de mi mamá que lo llevaron con un derrame cerebral, era regidor comunista de Los Lagos, porque los carabineros le habían dado una paliza y ahí tratando de un Hospital a otro para que no lo vayan a sacar los milicos y lo maten. Fue todo una tragedia en ese momento pero terrible, Fredy mi marido, andaba trayendo unas fotos de Allende y se las comió. Y seguíamos con la angustia de no tener cómo saber de mi casa, una tíaviajó a Osorno y ahí trajo información de que mis hermanos los andaban buscando, de que mis hermanos andaban escondidos.
El 16 de octubre (de 1973) los tomaron detenidos, además ellos estuvieron en la cordillera con otro grupos de compañeros, pero ellos bajaron de la cordillera porque se les ocurrió a algunos que no habían cigarros, que no habían ollas para cocinar, entonces, ellos bajaron, y ese fue su peor destino, porque los otros se salvaron. Y yo ahí, cuando supe que mis hermanos andaban escondidos viaje a Riachuelo con mi hija chica. Deje a mi marido trabajando y me fui, estaba toda mi familia con detención domiciliaria, nadie podía salir y yo presa también con mi hija sin poder salir, un mes, porque hasta que nosotros digamos donde estaban mis hermanos y ahí en esos días, los tomaron detenidos.
Ellos eran de las juventudes socialistas, mi hermano mayor trabajaba en "Auxilio Escolar y Becas", el trabajaba ahí y era dirigente y mi otro hermano estudiaba y al mismo tiempo era auxiliar del correo de Riachuelos.
El mismo día del 73, los empezaron a llamar por los bandos militares que se presenten y ellos como se iban a presentar y arrancaron, si cualquier cantidad de gente, y después cuando mis hermanos volvieron mi papá les dijo que se escondieran en tal lugar. Él los fue a ver, mi mamá les dijo que se fueron donde una familia, muy buenas personas que tenían una lechería, como a 3 kms. para el campo, les hicieron como una pieza debajo del establo y la tenían ahí con unas maderas y con paja por si venían los militares, así estuvieron quince días.
Solamente salían para darles comida, la gente, los campesinos y un día que fue mi papá a verlos, a llevarle ropa limpia y comida, porque tenía que ser a escondida, porque mi casa estaba vigilada día y noche, estaban con detención domiciliaría y mi mamá y papá eran los únicos que tenían autorización para salir, porque estaba su hermano y papá preso en la cárcel de Osorno, entonces, ahí mis hermanos se fueron a un lugar donde los fueron a detener. Porque un gringo llamó a los carabineros de Rió Negro y Riachuelo y en una camioneta particular de ahí de Riachuelos, de apellido Del Río, fueron a buscar a mis hermanos, entonces, desde ahí ya nunca más supimos de nuestros hermanos.
Nunca más, esa fue la historia de la detención de ellos y de ahí ha sido un calvario, después de eso, mi mamá presento querellas, cuando cayo preso Pinochet en Londres, después de eso mi mamá le pasó un poder a mi hermana para que ella empiece los trámites, se hizo una querella en Santiago por mis
hermanos y ahí el juez Juan Guzmán empezó la investigación, porque habían algunos testimonios, algunas personas que decían que a mis hermanos los habían sepultado en el cementerio indígena de Riachuelos y en todas esas partes se hicieron excavaciones, sin ningún resultado, y uno de los "pacos" que asesinó a mis hermanos, de apellido Oyarzún, dijo: "No sabía que a los vivos se les hacía misa" porque mi mamá les hacia misa, y después tomaron presos a todos los carabineros implicados y el juez les dio a unos 10 años y un día, a otros 3 años y un día, y cuando estos apelaron a la Corte de Apelaciones, la corte ratificó las condenas a diez años y un día a todos. Ellos apelaron a la Corte Suprema y ahí en la corte suprema está durmiendo el caso de mis hermanos, hace más de dos años, sin poder hacer nada, los abogados que llevan el caso están ahí "cateteando" pero no pasa nada.
Ellos reconocieron que mataron a mis hermanos, incluso que mi hermano mayor, lloraba, lloraba que no lo mataran porque tenía una hijita de 4 años, la Cristina, y lloraba desesperado para que no lo mataran e igual lo mataron. Eso fue lo que declararon ellos, no se sabe nada más, porque al ministro Guzmán lequitaron el caso y ahora lo tiene el ministro Solís.
Y ahí están en la Corte Suprema, ellos siguen en libertad bajo fianza, en distintas partes, aquí en Temuco le fuimos a hacer una "funa" a Pedro Soto, en la Villa Galicia, que se hace el enfermo pero no está enfermo y así unos están por Punta Arenas, otros por Viña del Mar, por Río Negro, Osorno está Alberto Oyarzún, así están, desparramados por distintas partes, y ahí mi mamá murió esperando saber de sus hijos, nunca más supo de ellos, esa es la historia y que seguimos esperando.
Enviado en solidaridad por:
Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos y Ejecutados Políticos Región de La Araucanía
“Casa de la Memoria” Pasaje 01620, Población Porvenir, Temuco
045-741694/ 045-737173  
Correo Electrónico: afddeparaucania@gmail.com

giovedì 14 luglio 2011

La necesidad de sentirse inocente: El caso de Pinochet y de sus servidores “no tan inocentes”

http://derechoshumanosyjusticiaparatodos.blogspot.com/2011/07/mas-sobre-la-necesidad-de-sentirse.html



La necesidad de sentirse inocente: El caso de Pinochet y de sus servidores “no tan inocentes”

José Venturelli   14 de Julio 2011

Es importante diferenciar entre ser sobreseído de crímenes de lesa humanidad y ser genuinamente inocente. (Lo que no incluye a quienes lograron impedir ser enjuiciados en Chile),  La noticia de Roma habla de haber sido “liberado”… pero da razones totalmente ilegítimas. Es decir, con justificaciones que no proceden en países que han firmado el Convenio Contra la Tortura y que son parte de Estatuto de Roma (Corte Penal Internacional). ¿Qué hay de la  pretendida inocencia del “liberado” hace tres días, ex-fiscal Militar Alfonso Podlech Michaud?  Su inocencia, como lo pretende, ahora en Chile, en una delirante entrevista en La Segunda y los comentarios amenazantes que aparecen en la misma nota, son importantes de ser conocidos.
(http://www.lasegunda.com/Noticias/Nacional/2011/07/662959/Podlech-aterrizo-en-Chile-En-la-carcel-compartia-con-sicarios-indianos-y-mafiosos) Más parece una victoria pírrica. Se dice: “no hay cadáver, por lo tanto no hay crimen”. “No hay desaparición porque prescribió el crimen” y, “no hubo tortura” porque Italia no “reconoce el Convenio contra la Tortura” que sí firmó.

En artículo publicado en El Clarín discuto algunos de los aspectos centrales de este asunto. Entrego allí una visión informada de la realidad. Participé como testigo en Roma y sé que los testimonios, aunque hayan sido intimidadas algunas de las personas que fueran a Roma por la defensa de Podlech, siguen siendo verdad.  Chile y la justicia tienen que enfrentar sus responsabilidades.

Lo que se viene en Chile es nuevamente exigir a la Justicia de Chile que deje de ser una "Justicia a la chilena".  Es una vergüenza insostenible. Hacer Justicia en forma tan tardía, y por rebote no es ideal. Los juicios en el extranjero (Francia e Italia) contra crímenes de lesa humanidad sucedieron porque las fuerzas políticas aliadas y concertadas se coludieron y mantuvieron a la Justicia en Chile como la defensa más segura y formal de la dictadura entonces y ahora insisten en mantener silencio. En perfecta armonía con el aparato represivo.  Los montajes de justicia contra quienes exigen derechos que les fueran usurpados por la dictadura –el caso del pueblo mapuche y de sus dirigentes, el de quienes realmente se oponen a este Chile nuevo que protege fraudes y a sus actores- han persistido hasta el nivel de la Corte suprema, pero deben ser desenmascarados.

Los crímenes históricos de la dictadura son una tarea urgente en Justicia y a la que no podemos substraernos. Si, todos, aunque sea con casi 40 años de retraso... porque Podlech fue fiscal militar desde el día primero del golpe y cometió lo que los testimonios en Roma indicaban y que siguen siendo válidos. La justicia no puede aceptar ser enterrada como los muertos o hacerla desaparecer como Omar Venturelli y tantos otros. La Corte Penal Internacional establece con claridad las bases para estos los crímenes de lesa humanidad: ver: Artículo 7 del Estatuto de Roma en http://www.derechos.net/doc/tpi.html Indica que son inexcarcelables, no deben quedar impunes ni son indultables. La tortura, el crimen y desaparición son parte de ellos. Y fueron discutidos por casi tres años en Roma con testimonios que no eran de testigos protegidos (como se hace “a la chilena”).

La dignidad de un país o de las personas tiene que expresarse abiertamente... si efectivamente se la respeta. El Estado, Gobierno chileno, Parlamentarios y Presidencia deben aceptar esta realidad: no hacerlo es volver a insultar al país y a sus víctimas. Perpetuar la impunidad y volver a "enterrar" crímenes que sólo “salieron al aire y prensa” en Roma porque en Chile hubo una confabulación de voluntades anti-democráticas para impedir hacer justicia de los crímenes contra la humanidad, es resucitar nuevamente, los peores momentos de nuestro país. Los que se asociaron con el dictador, con sus asociados y profitadores de todo orden –muchos de los que hoy son parte del poder establecido (económico, legal, militar, parlamentario, empresarial y de magnates siempre ávidos de crecer)- no pueden hacer eterna esta colusión inmoral. Es momento de que la careta que vemos circular se la saquen ya los que quieran ser juzgados inocentes. Es curioso que los mandos militares y de gobierno le hayan ascendido a general mientras, como él lo dice en su entrevista de La Segunda estaba preso. Parece provocación y una forma de fabricar un “Perdonazo-inocentazo indiscutible y colectivo” Pero, la justicia existirá aunque su renacimiento siga siendo impedido por los poderes establecidos.

El caso de Omar Venturelli era la única víctima de chilenos en juicio en Roma, pero las acusaciones que existen contra el ex-fiscal militar (hoy general) que dirigió las Cortes Marciales de Temuco y región, donde los desaparecidos fueron muchos otros y los asesinados también, no deben ser olvidadas. Este es un desafío al gobierno Piñera, pretendidamente respetuoso de los derechos humanos en las palabras y nunca en los hechos. Las acusaciones persisten… y persistirán hasta que justicia sea hecha.

Dr. José Venturelli,
Testigo ante la Corte de Assise de Roma en Juicio contra el ex-fiscal Alfonso Podlech.
Profesor Emérito, Universidad de McMaster, Canadá.
Vocero, Secretariado Eur

martedì 12 luglio 2011

¿Inocencia o culpabilidad? El caso del ex-Fiscal Podlech o de la Justicia italiana y chilena?



En Roma, en la Corte de Assise (de Primera instancia) no se demostró una pretendida inocencia de Adolfo Podlech Michaud (APM) sino la incapacidad de hacer Justicia y de respetar los principios de Justicia ante crímenes de lesa humanidad.

Dr. José Venturelli, Vocero CECT-SE de Chile.          12 de Julio del 2011

El absurdo del veredicto y la libertad del imputado ex-fiscal militar Adolfo Podlech Michaud “se basa en” que:
1.   La Tortura no es un crimen según la Ley italiana: Esto pese a que existen el Convenio Contra la Tortura y del que Italia es signataria. Y está claramente indicada en la Corte Penal Internacional (Estatuto de Roma)
2.  Declaración de que los crímenes de lesa humanidad serían prescriptibles en plazos definidos. Podlech fue identificado positivamente como responsable regional de un sistema de enjuiciamientos ilegales, basados en tortura, desapariciones y montajes que llevaron a la muerte a muchos detenidos y detenidos desaparecidos –que son crímenes de lesa humanidad. También se le acusó por víctimas de haber participado directamente en estas actividades abusivas y denigrantes. (La prescripción por sí es insostenible por el mismo Estatuto de Roma. Son inexcarcelables, no deben quedar impunes ni son indultables.  [Para detalles ver Artículo 7 del Estatuto de Roma: http://www.derechos.net/doc/tpi.html del cual se da un abstracto al final.]
3.  Pese a este veredicto se debe enfatizar de que los crímenes de lesa humanidad, imputados a Podlech fueron evidenciados durante su largo juicio. El veredicto pretende que “El cargo de homicidio no se pudo probar, ya que no había aparecido el cuerpo”…  (¡y su desaparición habría prescrito, para complementar este absurdo!)
a.    Se supo del uso sistemático de la tortura la que se le imputaba haber dirigido, participado y determinado duración y objetivos: esto fue corroborado por los múltiples testimonios presentados (incluyendo careos). 
b.   Los múltiples recursos violatorios de las leyes internacionales (tanto chilenas como italianas) usados por el ex-fiscal Militar de Temuco fueron evidenciados en muchos casos –en el de Omar Venturelli Leonelli y de otros que no fueron discutidos en esa Corte. Quienes hacen desaparecer “a sus enemigos” son criminales consumados. Lo que sí sucedió es que esos fueron ignorados por el veredicto de la Corte de Assise, con lo que se violó el principio de Justicia y las normas de enjuiciamiento para estos crímenes de lesa humanidad. Este veredicto es también curioso porque Podlech había pedido ser juzgado por la Corte Suprema… Pueden haber más noticias.
4.   Los casos denunciados durante casi tres años de proceso por crímenes de lesa humanidad fueron ignorados en el veredicto de la Corte de Assise de Roma. Los testimonios indicaron participación directa del ex-fiscal en sesiones de tortura y en de la tortura a Omar Venturelli. Los careos lo confirmaban. Podlech dio trato abusivo a la Dra. Ruth Kries, esposa del Dr. Hernán Henríquez, director del Servicio de Salud de dicha región al momento del Golpe Militar en septiembre de 1973. Le confirmara la muerte de su esposo asesinado. Al requerírsele el cuerpo para su entierro, la insulta negándole la entrega “porque los comunistas no tienen derecho a ser sepultados”)
5.   Algunas preguntas con respuestas muy simples:
1º.         ¿Si la Corte de Assise de Roma no fue capaz de juzgarlo en forma apegadas a las leyes y tratados internacionales sobre los crímenes de lesa humanidad, por que APM fue juzgado allí?, es decir, ¿Por qué el Estado chileno y sus poderes pertinentes no juzgaron a Podlech durante los 35 años previos a su detención en el Aeropuerto de Barajas, Madrid en Julio del 2008? 
·   Respuesta: Por que existía un mandato internacional de detención y juicio contra APM por la Justicia Italiana por el crimen y desaparición del ciudadano italo-chileno, Omar Venturelli Leonelli. Era ampliamente reconocido que el Estado y Gobierno de Chile no habían aceptado nunca llevarlo a juicios pese a las múltiples demandas hechas por los familiares de Omar Venturelli (y de otros detenidos desaparecidos, encarcelados injustamente, torturados, fusilados) Las normas de impunidad/indulto/amnistías establecidas durante la dictadura que cometiera estos crímenes fueron parte de un acuerdo (o colusión) entre el dictador Augusto Pinochet directamente con las estructuras políticas con las que negoció el fin de la dictadura para una pretendida democracia. Esta estableció “el respeto” a la exigencia del dictador de que los crímenes cometidos durante ese período por las fuerzas armadas y policiales” no serían juzgados y que no se le tocaría a ninguno de sus subordinados. “Se haría justicia en la medida de lo posible” como fuera dicho por el primer presidente post Pinochet, Patricio Aylwin, en 1990. Esta norma ha sido mantenida en una gran medida desde entonces. “Esta pobre medida” lo llevó a Roma.
· Respuesta: Porque las estructuras legales y los principios establecidos en los “acuerdos ilegítimos e ilegales” denunciados anteriormente persistieron. Para cubrir los pocos casos que fueron llevados a juicio por la insistencia, inteligencia y capacidad de muchos familiares y abogados de derechos humanos, el Estado permitió que los miembros de las fuerzas armadas sometidos a juicios por causas de lesa humanidad, recibieron cobertura de sus gastos judiciales. Financiamiento que nunca fue entregado a las víctimas de los mismos crímenes.
 2º.    ¿Por qué no fue juzgado en Chile cuya ley considera los crímenes de lesa humanidad?
· Respuesta: Aunque los delitos imputados existen en las leyes penales de la Constitución en vigor (hecha durante la dictadura y no alterada posteriormente en su código penal pertinente) la declaración de “incompetencia por las cortes comunes” entregaba los casos  a la Corte Militar que se negaba a investigar la mayoría de los crímenes. Las sentencias eran con frecuencia sobreseídas y no había condenas o eran remitidas. Al ser apeladas a instancias superiores, estas (Corte de Apelaciones o Suprema) simplemente confirmaban sobreseimientos, condenas eliminadas y penas remitidas. El Estado y los gobiernos correspondientes se negaban a imponer la obligatoriedad de que justicia fuese hecha, bajo una sesgada visión de la independencia de poderes que no era efectivamente respetada (ni para los criminales de lesa humanidad ni tampoco para los perseguidos políticos por el régimen militar o por los gobiernos post-dictadura que han seguido hasta la fecha utilizando la Ley Anti-Terrorista que usa mecanismos ilegales e ilegítimos como la tortura para “testimonios” y condenas, [para encarcelamientos “preventivos a repetición”, uso de testigos protegidos o falsos, soborno, montajes y una amplia gama de violaciones de los códigos penales nacionales e internacionales]
· Respuesta: Las querellas en Chile de familiares y testigos de los casos insignes de lesa humanidad implicaban una imposibilidad económica de muchas familias de detenidos desaparecidos o muertos.
· Actualmente, en Chile ha habido procesos de intimidación iniciados por la familia de Podlech contra varios testigos que declararon en el juicio en Roma a petición del Procurado Italiano Giancarlo Capaldo y que fueron solicitados por la Justicia italiana.

Algunas conclusiones y posibles caminos para que Justicia sea hecha:

A. Una vez que APM ha sido sobreseído y liberado por la Justicia Italiana, el probable proceso de Apelación a la Corte Suprema de ese país no sería implementable. El gobierno de Chile no ha demostrado responder a procesos de extradición –si fuese pedido desde Italia. (Chile ha respondido sólo en aquellos casos de sus enemigos políticos, como lo han intentado ahora con el  gobierno colombiano que ha querido cooperar contra “pretendidos terroristas” según el gobierno chileno. Y esto no fue logrado porque la Corte Colombiana los consideró improcedentes… Tampoco es probable que el imputado vaya a cometer la imprudencia de salir de “vacaciones por el mundo” si persisten órdenes de arresto internacional en su contra. Por mucho que como abogado quisiese respetar los mandatos de la ley… La alternativa del uso de la Corte Penal Internacional (Estatuto de Roma) persiste pero las fuerzas estatales y de gobierno seguramente la boicotearían… (Pese a que es la Corte Penal Internacional (Estatuto de Roma) la que debe investigar y llevar ante la justicia a individuos, no así a los Estados, responsables de cometer las violaciones más graves a los derechos humanos y al derecho internacional humanitario como son el genocidio, los crímenes de guerra y los crímenes de lesa humanidad (…)
B. Dado que en Chile existen otros casos cuyos familiares han intentado acusar al ex-fiscal Podlech (aunque fueron frustrados por la defensa que hicieran los altos militares y por múltiples manipulaciones de la “Justicia a la chilena”) es posible que dichas querellas se hagan porque la tortura, las desapariciones, los juicios viciados que llevaron a penas de muerte, a encarcelamientos ilegales que terminaran en crímenes de lesa humanidad y que quedaron impunes, son crímenes en Chile. Si los tiempos han cambiado y hubiese la intención real y su obligatoriedad de hacer justicia esto podría ser un camino… o quedaría hasta que se haga en Chile una nueva, democrática y participativa Constitución que impida las violaciones que hemos visto en estas casi cuatro décadas. Esta posibilidad es un desafío complejo y formal. El Comité Juicio y Castigo a Podlech, en Temuco, ha claramente indicado la urgencia del “fin del término de la aplicación de la media prescripción y los beneficios a los violadores de los DD.HH.s” para que estos crímenes contra la humanidad sí sean juzgados con el debido proceso en Chile. Eso sería un avance importantísimo. Pero estas querellas se verían amenazadas por la fuerte tendencia de interferir de los gobiernos (ordenando resultados por parte del gobierno mismo), como fue en los casos de los presos políticos mapuche y en los que el gobierno prometió justicia y no cumplió, forzando incluso condenas espurias injustificables hechas por la Corte Suprema.  O en los casos de violaciones y abusos por las fuerzas policiales que han sido sobreseídos, indultados, han recibido sentencias remitidas y toda la gama de bondades de esta “justicia a la chilena”. Este gobierno, sabemos, continúa dando indultos y excepciones por parte del sistema judicial. Es conocido  que la Corte Suprema confirmó el uso de tortura y de las ilegalidades y violaciones del código penal de la Ley Anti-Terrorista (hoy en proceso de ser llevadas en Apelación a Cortes Internacionales) empleadas en un cuarto juicio –sobre penas sobreseídas en dos oportunidades (por la Corte Marcial de Valdivia y por la Corte de Apelaciones de Concepción) por haber sido “condenados con el montaje de la Ley Anti-Terrorista” pero que la Corte suprema no respetó cuando los presos apelaron las condenas de los juicios de Cañete. Los presos mapuche (Héctor Llaitul, José Huenuche, Jonathan Huillical y Ramón Llanquileo) fueron nuevamente y ni siquiera se les permitió asistir a sus juicios de la Corte Suprema de Chile que los condenara.

La Justicia está enferma en el mundo. En Chile más que en otros lados… a pesar de los juramentos de respetabilidad de los gobiernos y de las pretensiones de ser un Estado de Derecho que nunca lo ha sido.  (Declaración de Historiadores a los 200 años del aniversario del parlamento de Chile – Junio 2011)

Nota del Estatuto de Roma: http://www.derechos.net/doc/tpi.html

Artículo 7   Crímenes de lesa humanidad
1. A los efectos del presente Estatuto, se entenderá por "crimen de lesa humanidad" cualquiera de los actos siguientes cuando se cometa como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque:    a) Asesinato;      b) Exterminio;  c) Esclavitud;   d) Deportación o traslado forzoso de población;  
e) Encarcelación u otra privación grave de la libertad física en violación de normas fundamentales de derecho internacional;   f) Tortura;   g) Violación, esclavitud sexual, prostitución forzada, embarazo forzado, esterilización forzada u otros abusos sexuales de gravedad comparable;   h) Persecución de un grupo o colectividad con identidad propia fundada en motivos políticos, raciales, nacionales, étnicos, culturales, religiosos, de género definido en el párrafo 3, u otros motivos universalmente reconocidos como inaceptables con arreglo al derecho internacional, en conexión con cualquier acto mencionado en el presente párrafo o con cualquier crimen de la competencia de la Corte;   i) Desaparición forzada de personas;   j) El crimen de apartheid;   k) Otros actos inhumanos de carácter similar que causen intencionalmente grandes sufrimientos o atenten gravemente contra la integridad física o la salud mental o física.
2. A los efectos del párrafo 1: (sólo indicados algunos aspectos que se han llevado a cabo en Chile)
* e) Por "tortura" se entenderá causar intencionalmente dolor o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, a una persona que el acusado tenga bajo su custodia o control; sin embargo, no se entenderá por tortura el dolor o los sufrimientos que se deriven únicamente de sanciones lícitas o que sean consecuencia normal o fortuita de ellas;
* h) Por "el crimen de apartheid" se entenderán los actos inhumanos de carácter similar a los mencionados en el párrafo 1 cometidos en el contexto de un régimen institucionalizado de opresión y dominación sistemáticas de un grupo racial sobre uno o más grupos raciales y con la intención de mantener ese régimen; . [El caso de apartheid ha sido llevado a efecto contra el pueblo mapuche en varios aspectos. NdelA JV]
* i) Por "desaparición forzada de personas" se entenderá la aprehensión, la detención o el secuestro de personas por un Estado o una organización política, o con su autorización, apoyo o aquiescencia, seguido de la negativa a informar sobre la privación de libertad o dar información sobre la suerte o el paradero de esas personas, con la intención de dejarlas fuera del amparo de la ley por un período prolongado.
A esto se debe agregar, de http://es.wikipedia.org/wiki/Desaparici%C3%B3n_forzada : El asesinato de la persona víctima de desaparición forzada, frecuentemente tras un cautiverio con torturas en un paradero oculto, pretende favorecer deliberadamente la impunidad de los responsables, que actúan con el fin de intimidar o aterrorizar a la comunidad o colectivo social al que pertenece la persona. Los efectos de la desaparición forzada perduran hasta que no se resuelve la suerte o paradero de las personas, prolongando y amplificando el sufrimiento que se causa a familiares o allegados. Estos últimos, y especialmente, por su vulnerabilidad, los niños que puedan ser sustraídos de padres afectados, son considerados también víctimas de este crimen”. (NdelA JV)