Detenido el ex fiscal Podlech por la desaparición 
de Jaime Eltit
02 de junio: El ex Fiscal Militar, Alfonso 
Podlech Michaud, que estuvo arrestado en Italia por el secuestro del ex 
sacerdote ítalo-chileno Omar Venturelli, fue nuevamente detenido y permanece en 
esa condición por el secuestro calificado de Jaime Eltit Spielmann, que 
desapareció luego de su paso por el Regimiento Tucapel de La 
Araucanía.
Eltit Spielmann, abogado, militante de la Juventud 
Radical y hermano del ex intendente Jaime Eltit, fue detenido en Santiago el día 
13 de septiembre de 1973 por una patrulla militar y en octubre fue llevado al 
Regimiento Tucapel. Allí su hermano y varios otros testigos dicen haberlo visto 
en malas condiciones físicas y con evidentes signos de haber sido golpeado. 
Desde ese lugar se le perdió su rastro a contar del día 13 de octubre de 
1973.
Ex agentes de la DINA suman nueva 
condena
02 de junio: La Corte de Apelaciones de 
Santiago dictó sentencia de segunda instancia en la investigación por el 
secuestro calificado de Pedro Merino Molina, ocurrido a partir del 14 de 
septiembre de 1974, en la ciudad de Coronel, Octava Región,  y cuyo último 
paradero conocido fue la ex Colonia Dignidad.
Los ministros de la Cuarta Sala del tribunal de 
alzada, condenaron a la pena de 5 años y un día de presidio, sin beneficios, a 
los ex agentes de la DINA: Manuel Contreras Sepúlveda, Pedro Espinoza 
Bravo, Orlando Manzo Durán, Fernando Gómez Segovia; y al coronel en retiro de 
Carabineros Sergio Apablaza Rozas, y el suboficial de Carabineros en 
retiro Manuel Rioseco Paredes. Además, la sala mantuvo la absolución del ex 
miembro de la Colonia Dignidad Gerd Seewald Lefevre.
En el aspecto civil, el tribunal de alzada ratificó 
la sentencia que condenó al fisco y  los condenados a pagar una indemnización de 
155 millones, por daño moral, a los familiares de la 
víctima.
Ministro Carroza dicta auto de procesamiento por 
causas de DDHH
02 de junio: El ministro, Mario Carroza, 
dictó auto de procesamiento en tres causas por violación a los DDHH, perpetradas 
entre 1973 y 1975, en la Región Metropolitana, y que incluye a agentes de 
Estado.
En la primera resolución, el magistrado procesó a los 
miembros en retiro de Carabineros Alan González Morán, Luis Solís Lillo, Hugo 
Pizarro Wittemberg y José González Inostroza, por su responsabilidad en los 
homicidios calificados de Sergio Alcapia Cienfuegos y Juan Carlos Valle Cortés y 
el secuestro calificado de Juan Ortiz Moraga, ocurridos el 21 de octubre de 
1973.
En la segunda resolución, el ministro Carroza procesó 
al ex director la DINA, Manuel Contreras Sepúlveda, por su responsabilidad en el 
secuestro calificado de Mónica Llanca Iturra, ocurrido a partir del 6 de 
septiembre de 1974.
En la tercera resolución, el magistrado encausó a los 
oficiales de Carabineros en retiro Sergio Ávila Quiroga e Ismael González 
Vega por su responsabilidad en el homicidio de José Quiroz Opazo, ocurrido el 27 
de octubre de 1975, en la Región Metropolitana.
Ministro Carroza dicta acusación por torturas 
aplicadas a prisioneros 
03 de junio: El ministro Mario Carroza, dictó 
acusación por los delitos de torturas, perpetrados en contra de los prisioneros 
políticos Rosalía Martínez Cereceda y Julio Laks Feller, sobrevivientes del 
centro de detención clandestino ubicado en calle José Domingo Cañas, de la 
comuna de Ñuñoa.
En la acusación, Carroza responsabiliza a los ex 
agentes de la DINA: Ricardo Lawrence Mires, Basclay Zapata Reyes y Fernando 
Lauriani Maturana, como autores de los tormentos aplicados al matrimonio, que 
fue detenido, en septiembre de 1974, en la comuna de Las 
Condes.
El dictamen dice que: "La DINA, disponía de recintos 
secretos, entre los que se encontraba el cuartel ubicado en José Domingo 
Cañas, que servían como centros de detención, interrogación y tortura, los 
cuales no se trataban de establecimientos carcelarios de aquellos destinados a 
la detención de personas establecido en el Decreto Supremo N° 805 del Ministerio 
de Justicia de 1928”. 
Ministro Arancibia dicta procesamiento por tortura 
y homicidio
06 de junio: El ministro de la Corte de 
Apelaciones de Valparaíso, Jaime Arancibia Pinto, sometió a proceso al ex 
funcionario de la Armada Alberto Badilla Grillo, y al ex funcionario de 
Carabineros Pedro Alcayaga Zúñiga, como autores de los delitos de tortura y 
homicidio del ciudadano español Enrique López Olmedo, ilícitos perpetrados 
noviembre de 1977, en Valparaíso.
De acuerdo a los antecedentes, se logró establecer 
que el 11 de noviembre de 1977, López Olmedo fue  "detenido por agentes del 
"CIRE" de la Armada de Chile, en un operativo (ratonera), realizado en el 
domicilio de un familiar de la víctima. En dicho lugar, Enrique López Olmedo es 
amarrado a una silla y con la vista vendada es interrogado y torturado por sus 
captores durante tres horas aproximadamente. Después de ello es sacado de la 
casa (…) ya con evidentes signos de maltrato. A continuación es acribillado por 
los agentes que participaron en la operación, siendo trasladado al Hospital 
Naval de Valparaíso, llegando fallecido por anemia aguda".
Ministro Llanos dicta procesamiento por dos 
homicidios en Rinconada de Maipú
06 de junio: El ministro Leopoldo Llanos, 
dictó auto de procesamiento en la investigación por los homicidios calificados 
de Manuel Reyes Garrido y Pedro Cortés Gelves, militante del MIR el primero y 
del Partido Comunista el segundo, ilícitos perpetrados el 19 de noviembre de 
1975, en el sector de Rinconada de Maipú.
El magistrado encausó a los ex agentes de la 
DINA: Manuel Contreras, Marcelo Moren, Rolf Wenderoth, Miguel Krassnoff 
 y Basclay Zapata, en calidad de autores de ambos homicidios. Además, procesó, 
como encubridor, al ex agente de la DINA Ricardo Lawrence.
Según la investigación, ambos ejecutados fueron 
víctimas de una operación de montaje realizada por la DINA para hacer aparecer 
como muertos en un enfrentamiento a un total de seis personas vinculadas al 
Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) y al Partido Comunista, las que 
habían sido detenidas y torturadas en el centro de detención ilegal de Villa 
Grimaldi.
Ministro Arancibia dicta procesamiento por 
homicidio de 1973
09 de junio: El ministro de la Corte de 
Apelaciones de Valparaíso, Jaime Arancibia Pinto, sometió a proceso a los ex 
funcionarios de Carabineros Renán Ahumada Guillermo Bermúdez y Orlando Astete, 
como autores de homicidio calificado en la persona de Onofre Peña Castro, hecho 
acaecido el 9 de octubre de 1973 en el límite de las localidades de Ocoa e 
Hijuelas, en la Región de Valparaíso. 
De acuerdo a los antecedentes de la causa, se logró 
establecer que Peña Castro -a la fecha Regidor de Catemu- tras ser detenido por 
efectivos de Carabineros y trasportado a la tenencia de esta localidad "es 
trasladado al sector del túnel La Calavera, lugar en donde es ametrallado por 
los funcionarios que lo custodiaban, recibiendo impactos de bala en la cabeza y 
tórax. Su cuerpo fue hallado en un canal de regadío a los días después, esto es, 
el 17 de octubrede 1973, por uno de sus hijos". 
Dictan procesamiento por secuestro calificado de 
hermanos Sepúlveda Torres
09 de junio: El ministro en visita de la Corte 
de Apelaciones de Temuco, Álvaro Mesa Latorre sometió a proceso y prisión 
preventiva a 17 ex funcionarios de Carabineros, como autores del delito de 
secuestro calificado contra los hermanos Osvaldo y Gardenio  Sepúlveda Torres, 
perpetrado en la Comuna de Cunco, el 21 de septiembre de 
1973.
Por esta causa fueron sometidos a proceso y prisión 
preventiva como autores: Clenardo Figueroa, Ramón Calfulipi; Gamaliel Soto 
Carlos CEA , Girlondy Chabouty y Héctor Catrilef; en calidad de cómplices fueron 
encausados: Saturnino San Martín, Rolando Cea  Blas Calderón Carlos Montenegro 
y  Paúl Vicente. Encubridores fueron encausados: José Uribe, Juan Padilla, José  
Pérez, Israel Hernandez Hugo Bornard, Francisco Vallejos.
De acuerdo a los antecedentes de la  causa, “con 
fecha 14 de septiembre de ese año, los hermanos Gardenio y Osvaldo Sepúlveda 
Torres  fueron detenidos por primera vez, al presentarse voluntariamente junto a 
su hermano Luis Alberto ante los Carabineros, fueron dejados en libertad el 
mismo día, con la obligación de acudir a firmar diariamente. El día 20 de 
septiembre de 1973,  fueron a firmar, pero esta vez quedaron detenidos, salvo 
Luis Alberto que fue dejado en libertad. Junto con ellos permanecieron detenidos 
Ponciano Sagredo, Edilberto Lagos, Juan Reinoso, Adelmo Henríquez y un detenido 
de apellido Sáez. Transcurridas algunas horas fueron trasladados desde Los 
Laureles hasta la tenencia de Cunco, donde los hermanos Sepúlveda fueron 
encerrados en una celda junto a otros dos detenidos hasta el día siguiente, 
donde fueron trasladados por carabineros, desconociéndose a la fecha su actual 
paradero".
Ministro Álvaro Mesa dicta procesamiento por 
homicidio en Curacautín en 1976
09 de junio: El ministro en Visita 
Extraordinaria  Álvaro Mesa Latorre sometió a proceso y prisión 
preventiva Roberto Antonio Leal Orellana, como autor del delito de homicidio 
contra Jorge San Martín Lizama, perpetrado en la comuna de Curacautín, en el mes 
de julio de 1976.
De acuerdo a los antecedentes de la  causa, se ha 
logrado determinar los siguientes hechos: "El día 17 de julio de 1976, en horas 
de la noche, tres funcionarios de carabineros de la 5° Comisaría de Curacautín, 
tras recibir una denuncia telefónica por supuesto robo, concurrieron hasta el 
domicilio señalado en la llamada. En el lugar y en compañía del civil 
denunciante, dos de los uniformados ingresaron al recinto del domicilio, 
quedando el tercer policía vigilando el exterior, en la vía pública… Los 
uniformados se percataron de la presencia de una persona - identificado 
posteriormente como Jorge San Martín Lizama- quien al verse sorprendido lanzó un 
elemento desde el interior del inmueble, impactando uno de sus vidrios, 
quebrándolo" 
El dictamen que agrega que "estando en el interior de 
la habitación, San Martín Lizama recibió un impacto de bala en su cuerpo, ya que 
mientras el cabo de carabinero  se acercaba a mirar por el vidrio antes 
quebrado, con la única linterna que permitía la visibilidad de los uniformados, 
el policía procedió a disparar su arma de servicio en contra de éste, aun 
consciente, Jorge San Martín Lizama, fue trasladado hasta el hospital de 
Curacautín y posteriormente al hospital regional de Temuco, ingresando fallecido 
a éste último centro asistencial el día 18 de julio de 1976". 
Corte Suprema ordena pagar indemnización a 
familiares de víctimas de comando conjunto
11 de junio: La  Corte Suprema determinó que 
el Fisco debe pagar una indemnización total de 500 millones de pesos a  cinco 
familiares de  tres víctimas del denominado Comando Conjunto desaparecidos entre 
el 3 de noviembre de 1975 y el 26 de julio de 1976 en la región 
Metropolitana.
En fallo dividido los ministros de la Segunda Sala 
Penal acogieron el recurso de casación y ordenaron que el Fisco pague  100 
millones de pesos a cada uno de los cinco parientes de   José del Carmen Sagredo 
Pacheco, Alfredo Ernesto Salinas Vásquez y Juan Antonio Gianelli Company, 
perpetrados en Santiago el 3 de noviembre de 1975 y el 26 de julio de 
1976.
  
La sentencia determina que los hechos son crímenes de 
lesa humanidad, por lo tanto deben ser reparados tanto en el aspecto penal, como 
en el aspecto civil de acuerdo a la legislación internacional que regula la 
materia.
Corte ratifica condena de 8 años para ex CNI 
Álvaro Corbalán
12 de junio: El ex jefe operativo de la CNI, 
Álvaro Corbalán, fue declarado culpable del secuestro calificado del militante 
del MIR Sergio Ruiz Lazo,  hecho sucedido en 1984.
La resolución unánime, de la Cuarta Sala del tribunal de alzada, ratificó el fallo de primera instancia dictado por el juez especial Miguel Vásquez contra el ex mayor del Ejército Alvaro Corbalán Castilla y el coronel retirado Aquiles González Cortés, ambos pertenecientes a la CNI.
Sergio Ruiz Lazo, 34 años, la víctima, era un dirigente sindical y militante del Movimiento de MIR que ingresó de forma clandestina a Chile en 1983 para incorporarse a la resistencia contra la dictadura después de haber vivido varios años exiliado en Francia, con prohibición de regresar a su país.
Fue secuestrado el 20 de diciembre de 1984 por agentes de la CNI que lo llevaron al llamado “Cuartel Borgoño” del organismo, donde según testimonios de supervivientes fue torturado durante varios días, hasta que no se le volvió a ver.
En la parte civil del juicio, la Corte confirmó el pago de una indemnización fiscal de 70 millones de pesos a los familiares de la víctima.
Rousseff y Bachelet acuerdan intercambiar datos de 
violaciones de DDHH
12 de junio: La Presidenta brasileña, Dilma 
Rousseff, y la Mandataria chilena, Michelle Bachelet, acordaron que sus 
gobiernos intercambiarán información sobre violaciones de DDHH ocurridas durante 
las últimas dictaduras en sus países durante el breve encuentro que sostuvieron 
en Brasilia.
Fuentes oficiales brasileñas dijeron que la 
información que pueda aportar Chile sobre la cooperación que los gobiernos 
militares de ambos países tuvieron durante la década de los años 70 será 
entregada a la Comisión de la Verdad, creada por Rousseff hace 3 años con la 
intención de esclarecer crímenes ocurridos durante la dictadura 
(1964-1985).
Abusos policiales recoge el informe INDH 
2013
12 de junio:  Vejaciones a detenidos en 
marchas, uso desproporcionado de la fuerza a la hora de controlar las 
manifestaciones, abusos contra niños mapuches en las comunidades del sur, y 
una "débil reacción estatal" son algunos de los elementos que aparecen en 
el Informe Anual 2013 elaborado por el INDH.
Tras entregar el informe al ministro del Interior, 
Rodrigo Peñailillo, la directora del Instituto, Lorena Fríes, dijo que aún hay 
una brecha entre el "actuar concreto de los carabineros en las calles" y 
los protocolos de la institución que regulan este tipo de 
materias.
Ministro Miguel Vázquez dicta acusación por 
secuestro de Reinalda Pereira
13 de junio: El ministro en visita de la Corte 
de Apelaciones de Santiago, Miguel Vázquez, dictó acusación en la investigación 
por el secuestro calificado de Reinalda Pereira Plaza, detenida desaparecida 
desde el 15 de diciembre de 1976  en la región 
Metropolitana.
El magistrado responsabilizó a 51 ex integrantes de 
la Dirección DINA que cumplían funciones en el cuartel Simón Bolívar por el 
delito que afectó a la mujer  que se encontraba embarazada al momento de su 
desaparición.
Entre la nómina de agentes aparecen Manuel Contreras, 
Pedro Espinoza; Ricardo Lawrence, entre otros.
De acuerdo a los antecedentes de los hechos se 
determinó que: "se encuentra legalmente acreditado que, pasadas las 16:00 horas 
del día 15 de diciembre de 1976, en las calles Exequiel Fernández con Rodrigo de 
Araya, comuna de Ñuñoa, Reinalda del Carmen Pereira Plaza, 29 años de edad, 
tecnóloga médica y militante comunista, quien se encontraba embarazada, fue 
detenida por agentes de la DINA que se movilizaban en dos automóviles, siendo 
ingresada a la fuerza a uno de ellos y trasladada a un cuartel secreto ubicado 
en calle Simón Bolívar 8.800, donde fue interrogada bajo apremios ilegítimos y 
luego hecha desaparecer, sin que hasta la fecha se tenga noticias de su 
paradero. 
Que, los hechos descritos en el número 2°, configuran 
la existencia del delito de secuestro calificado de Reinalda del Carmen Pereira 
Plaza, previsto y sancionado en el inciso 3 del artículo 141 del Código Penal de 
la época, toda vez que del encierro de la víctima resultó un grave daño en su 
persona, puesto que no se le volvió a ver con vida".
Ministro Carroza procesa a dos carabineros en 
retiro por muerte de dirigente
17 de junio: El ministro Mario Carroza, dictó 
auto de procesamiento en la investigación que sustancia por el homicidio 
calificado de Ricardo Ruz Zañartu, ocurrido el 27 de noviembre de 1979, en la 
comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana.
En la causa, el magistrado sometió a proceso a los 
funcionarios en retiro de Carabineros: Luis Monroy y José Orellana por su 
responsabilidad –en calidad de autores en el homicidio del ex dirigente del 
MIR.
De acuerdo a los antecedentes de la causa, en horas 
de la tarde del 27 de noviembre de 1979, "en circunstancia que la víctima 
Ricardo Ruz Zañartu, 34 años, profesor, militante del  MIR, se dirigía a una 
reunión en un taxi, , fue interceptado por Carabineros en un control vehicular, 
ante lo cual y obedeciendo a las instrucciones del Carabinero de Tránsito que 
detuvo el automóvil, , y en circunstancias en que la víctima iba a descender del 
vehículo,  éste extrajo una pistola marca Browning, calibre 9mm, con la cual 
disparó desde el interior del vehículo en contra del personal fiscalizador, a la 
vez que descendía del taxi, dándose a la fuga,  produciéndose un intercambio de 
disparos entre el personal de Carabineros  y Ruz Zañartu, siendo alcanzado por 
los impactos, ante lo cual, continúa su huida posteriormente  cae al suelo,  y 
en esas circunstancias se acerca un funcionario policial, quien le dispara 
ocasionando finalmente su muerte".
La versión oficial, entregada por el personal de 
Carabineros de Chile que participó en los hechos, señala que "la víctima habría 
fallecido a consecuencia de un enfrentamiento, desestimándose ésta, por cuanto 
consta en el proceso abundante prueba que demuestra que Ricardo Delfín Ruz 
Zañartu, falleció producto de los traumatismos de las extremidades y pelviano 
por balas y anemia aguda consecutivo", agrega la resolución.
Chile confirma a consejo de DDHH que no aplicará 
ley antiterrorista a indígenas
19 de junio: El Gobierno de Chile confirmó en 
el Consejo de DDHH de la ONU su compromiso de no aplicar la Ley Antiterrorista a 
los indígenas por actos de protesta, así como de avanzar en los derechos 
sexuales y reproductivos de todas las personas. ”dijo en ese foro la embajadora 
chilena ante las UN en Ginebra, Marta Maurás
Ministro Carroza dicta acusación en caso de 
secuestro calificado de José Calderón Ovalle
24 de junio: El ministro Mario Carroza  dictó 
acusación en la investigación por el secuestro calificado de José Calderón 
Ovalle, ocurrida a partir del  17 de febrero de 1975 en la Región Metropolitana. 
El magistrado responsabilizó del delito a los ex agentes de la Dirección de 
Inteligencia Nacional (DINA)  Manuel Contreras, Rolf Wenderoth, Miguel 
Krassnoff  y Marcelo Moren. 
De acuerdo a los antecedentes de la causa se logró 
determinar que "El día 17 de febrero de 1975, José Calderón Ovalle, de 34 años, 
jardinero, militante del MIR),  y dirigente conocido como "El Viejo de Lo 
Hermida" en alusión al sector donde cumplía labores con pobladores, fue detenido 
en la vía pública, por agentes de la DINA, sin que existiera orden emanada de 
autoridad legítima y competente que la justificase, quienes los condujeron hasta 
el recinto clandestino de detención y torturas conocido como Villa Grimaldi  o 
Cuartel Terranova, donde fue visto por otros detenidos que recuperaron su 
libertad y entregaron su testimonio. José Calderón Ovalle, permaneció en dicho 
lugar privado de libertad hasta finales del mes de febrero de 1975, fecha en que 
se pierde su rastro, coincidentemente con la ausencia de otros detenidos, de 
quienes se escuchó decir serían trasladados hasta Puerto Montt, palabra clave 
utilizada por agentes, en alusión a su eventual muerte y desaparición, 
ignorándose desde entonces su paradero, 
Ministra Olivares dicta acusación en caso de 
homicidio calificado en Pisagua
24 de junio: La presidenta de la Corte de 
Apelaciones de Iquique y ministra en visita para causas de DDHH, Mónica Olivares 
Ojeda, dictó acusación en la investigación por el homicidio calificado de Isaías 
Higuera Zúñiga, ocurrido el 11 de enero de 1974 en la localidad de 
Pisagua.
 La magistrada responsabilizó por el delito de 
homicidio calificado a los miembros en retiro del Ejército Miguel  Aguirre  y 
Blas  Barraza.
 De acuerdo a los antecedentes de la  Comisión de 
Verdad y Reconciliación: "El 11 de enero de 1974 fallece Isaías Higuera Zúñiga, 
39 años, gendarme en la Cárcel de Iquique, militante comunista. Había sido 
detenido y llevado al Regimiento de Telecomunicaciones, en Iquique, siendo 
trasladado posteriormente a Pisagua.  La cónyuge recibió oficialmente la versión 
que su marido había muerto de un infarto al corazón.  Esta información fue 
entregada por quien entonces era Alcaide de la Cárcel de Iquique y ratificada en 
dependencias de la VI División del Ejército, en esa ciudad.  Los restos de 
Isaías Higueras fueron entregados a su cónyuge dentro de una urna sellada. Esta 
Comisión se encuentra convencida, especialmente por las declaraciones de 
múltiples y concordantes testigos presenciales que ella conoció, que su muerte 
se produjo a resultas de los apremios ilegítimos de que fue objeto por agentes 
del Estado, mientras se encontraba detenido en el campo de prisioneros de 
Pisagua donde sus custodios lo golpearon hasta darle 
muerte".
Instan a Australia a iniciar proceso de 
extradición a ex secretaria del “mamo”
26 de junio: Telmo Languiller, legislador del 
estado australiano de Victoria, presentó el caso ante el Parlamento y solicitó 
al fiscal general australiano, George Brandis, que confirme haber recibido el 
pedido de Chile para comenzar el procedimiento contra Adriana 
Rivas.
Rivas fue una agente de la Brigada Lautaro, que era 
una unidad operativa de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), y 
secretaria de su jefe, Manuel Contreras.
Ella es requerida por 
la justicia chilena por el secuestro, desaparición y muerte de un líder 
comunista en 1977, entre otros casos.
INDH entrega 
premio de DDHH
30 de 
junio: María Soledad Cisternas, presidenta del 
Comité de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, 
fue elegida por el Consejo del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) 
para recibir el Premio Nacional de DDHH 2014. Su amplia trayectoria en la 
defensa y promoción de los derechos fundamentales de las personas con 
discapacidades y su compromiso con otros derechos como el acceso a la justicia, 
el derecho a voto y los derechos de los pueblos indígenas merecieron un 
reconocimiento a través de este galardón.
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