http://www.fasic.org/bol/bol2013/boletin_junio2013.html
Es importante por cuanto muestra una larga serie de rechazos (incluso a nivel Parlamentario!) a los intentos del establecimiento político oficial de Chile, especialmente del Gobierno y de sus fuerzas políticas, de violar los términos de las condenas a los (muy pocos, menos del 15% de los acusados de crímenes de lesa humanidad en Chile). Más recientemente, el Jefe de las Fuerzas armadas de Chile, General Fuente-Alba pedía benevolencia y atenciones especiales para los actuales condenados por violaciones a los derechos humanos y crímenes de tortura, asesinato y desapariciones, actualmente en la cárcel (cárcel de oro, especialmente hechas para ellos y muy, muy lejos de los centros de detención inhumanos en los que hacinan a los presos políticos Mapuche o de cualquier otro sector de la sociedad civil (ver también en blog http://derechoshumanosyjusticiaparatodos.blogspot.ca/2013/07/no-son-sorprendentes-las-declaraciones.html sobre las declaraciones del General Fuente-Alba )
Si bien es interesante ver que el ex-Jefe de la DINA y brazo derecho de los mayores crímenes dirigidos/ordenados por Pinochet mismo "con este fallo, Manuel Contreras acumula condenas por más de 295 años de prisión en decenas de juicios por violaciones a los DDHH cometidos durante la dictadura." También debemos notar que en el caso del asesinato del ciudadano ex diplomático Carmelo Soria Espinoza, ocurrido el 16 de julio de 1976 en Santiago, la Corte rechaza la petición de extradición de España. Son casi 40 años de esto y nada ha sucedido... La Justicia chilena asegura por acción u omisión la impunidad de la mayoría de los mayores criminales de lesa humanidad en Chile.
José Venturelli
INFORME FASIC JUNIO 2013
Fracasó proyecto sobre amnistía para violadores de
DDHH
05 de junio: La Cámara de
Diputados rechazó un proyecto presentado por legisladores
del oficialismo que buscaba remitir las penas a los condenados por
violaciones a los DDHH durante la dictadura militar.
La iniciativa
presentada por el diputado Jorge Ulloa (UDI) buscaba “eliminar
la responsabilidad penal de los militares acusados de crímenes contra los
derechos humanos” bajo el régimen militar. Según el autor del proyecto,
perseguía “fortalecer la justicia, equidad e igualdad penal y procesal para
todas las personas procesadas o condenadas por hechos acontecidos entre el 11
de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990”.
La Comisión
de Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara de Diputados
declaró inadmisible la norma, en el entendido de que los proyectos de ley sobre
amnistía e indulto deben ingresar a tramitación por el Senado y no por la
Cámara Baja.
Ministro Mario Carroza dicta procesamiento por
secuestro
11 de junio: El ministro en visita de la Corte de Apelaciones
de Santiago, Mario Carroza, dictó cuatro procesamiento a ex integrantes de la
Direcciónde Inteligencia -DINA- en la investigación por el secuestro calificado
de José Calderón Ovalle, ocurrido el 17 febrero de 1975, en la Región
Metropolitana.
El ministro
Carroza procesó a Rolf Wenderoth Pozo, Manuel Contreras Sepúlveda, Miguel
Krassnoff Martchenko y Marcelo Moren Brito.
Rector repudia ingreso de carabineros a Casa Central
de la Universidadde Chile
13 de junio: Un rechazo tajante realizó el rector de la Universidad de
Chile, Víctor Pérez, ante el ingreso de Carabineros a la
Casa Central donde hubo estudiantes heridos y detenidos.
Pérez
calificó como “inaceptable” la “brutal invasión hecha por Carabineros a
las dependencias de la Casa Central, golpeando y apaleando a nuestro
estudiantes” y agrego que “con esto se ha roto una tradición de respeto a la
Universidad de Chile”.
Corte de Apelaciones de Temuco rechaza recurso de
queja en causa mapuche
13 de junio: La Corte de Apelaciones de Temuco rechazó un recurso de queja
presentado por la fiscalía regional en contra de fallo absolutorio que dictó el
Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Angol en favor del comunero mapuche
Mijael Carvones Queipul, imputado en calidad de autor del delito de homicidio
frustrado.
En fallo
unánime, consideraron que no existió infracción en la sentencia que
absolvió a Carvones Queipul y que el recurso de queja pretende que se realice
un tercer juicio en contra del comunero, lo que contraviene los principios que
rigen el sistema de enjuiciamiento chileno y pactos internacionales suscritos
por el país como el Pacto Internacional y Derechos Políticos y artículo 8
Nº 4 de la Convención Americana de DDHH, que prohíben el doble
enjuiciamiento.
Caso Soria: Fiscal judicial recomienda rechazar
extradición a España
14 de junio: La fiscal de la Corte Suprema, Mónica Maldonado, recomendó al
ministro del máximo tribunal Juan Araya no continuar
tramitando el pedido de extradición de seis ex agentes de la
DINA investigados en España, por el asesinato del ex
diplomático Carmelo Soria Espinoza, ocurrido el 16 de julio de
1976 en Santiago.
La fiscal
Maldonado sugiere desestimar el pedido del Juzgado Central de Instrucción Nº 5
de Madrid para indagar la responsabilidad del ex director dela
DINA, Manuel Contreras Sepúlveda, y los ex agentes José Ríos San Martin,
Jaime Lepe Orellana, Pablo Belmar Labbé, Guillermo Salinas Torres y René
Quilhot Palma, en el homicidio del diplomático español.
La decisión
considera el hecho de que en Chile se encuentra abierta una
investigación por el homicidio a cargo del ministro de la Corte
SupremaLamberto Cisternas Rocha, quien indaga la participación de ex agentes de la
Brigada Mulchén de la DINA en el delito.
“En el caso
concreto del pedimento de extradición, cabe consignar que varios de los
requeridos han sido condenados en Chile por hechos de similar naturaleza, o se
encuentran en procesos aún no afinados, y que en el caso del principal
implicado, el ex director de la DINA, el requerido Manuel Contreras
Sepúlveda en Chile se encuentra condenado a más de 150 años de privación de
libertad, por hechos considerados como crímenes del lesa humanidad, sin
beneficios de cumplimiento alternativo, lo cual en todo caso revela la voluntad
de cumplir con las obligaciones internacionales de que los hechos violatorios
de derechos humanos no queden en la impunidad y por otro lado de que existiría
un impedimento en su entrega, mientras no cumpliera con las penas impuestas en
Chile, ya que su entrega material debiera ser diferida”, sostiene el dictamen.
Ministro Carroza dicta procesamiento por el secuestro
calificado
14 de junio: El ministro en visita Mario Carroza dictó procesamiento en la
investigación por el secuestro calificado de Amelia Bruhn Fernández,
ocurrido a partir del 4 de octubre de 1974, en la Región
Metropolitana.
El magistrado
encausó a seis agentes de la DINA por el secuestro de la militante
del MIR y decoradora, detenida en calle Catedral de la comuna de Santiago, y
que permaneció en el recinto de detención de José Domingo Cañas.
El ministro
Carroza sometió a proceso en calidad de coautores del delito a César Manríquez
Bravo, Orlando Manzo Durán, Manuel Contreras Sepúlveda,Miguel Krassnoff
Martchenko, Marcelo Moren Brito y Ciro Torré Sáez.
Confirman condena a Contreras por el caso
Dockendorff
17 de junio: La justicia ratificó la condena a
prisión de seis miembros la cúpula de la DINA, por
el secuestro calificado de Muriel Dockendorff, una estudiante
universitaria, de 23 años, militante del MIR, detenida en 1974.
En
un fallo dividido, la VI Sala de la Corte de Apelaciones de
Santiago confirmó las penas dictadas en primera instancia por el juez
especial Alejandro Solís, de 15 años de cárcel contra el general
(r) Manuel Contreras, ex director de la DINA, el ex
brigadier Miguel Krassnoff y el coronel (r)Marcelo Moren Brito.
Otros tres
antiguos agentes, el ex suboficial Basclay Zapata, el ex oficial de
Carabineros Gerardo Godoy y el ex coronel de Gendarmería Orlando
Manzo fueron sentenciados a 10 años de prisión.
Con este
fallo, Manuel Contreras acumula condenas por más de 295 años de
prisión en decenas de juicios por violaciones a los DDHH cometidos durante
la dictadura.
La Corte, no
obstante, rechazó una demanda civil presentada por los familiares de la
víctima al considerar que no es competencia del tribunal.
Reporteros Sin Fronteras pide a Chile “verdadero
pluralismo informativo”
17 de junio: La organización Reporteros sin Fronteras
(RSF) pidió a Chile que adopte una nueva legislación que garantice un
equilibrio entre los diferentes tipos de medios de comunicación en el espacio
de difusión, “una ley más igualitaria” que haga posible “un verdadero
pluralismo informativo”.
La RSF destacó
en su informe que cerca de 95% de las publicaciones de prensa escrita se
encuentran en manos de 2 grupos de comunicación privados: El Mercurio y COPESA,
mientras que alrededor del 60% de las estaciones de radio pertenecen al
grupo de prensa español Prisa.
La organización
pidió al Estado chileno que despenalice los delitos de prensa, en
particular el de difamación, como lo hizo Argentina en 2009.
RSF exhortó a
la policía “a respetar la integridad física y el trabajo de los
periodistas y reporteros gráficos, “quienes con frecuencia son víctimas de
abusos” de las fuerzas del orden, al margen de los movimientos de protesta, por
lo que pidió al Ministerio del Interior que sancione a los
responsables de eventuales agresiones contra la prensa.
Ministro Muñoz decide extraditar a ex juez argentino
Otilio Romano
18 de junio: El ministro de la Corte Suprema, Sergio Muñoz, resolvió
extraditar al ex juez argentino Otilio Romano, quien en 2011 escapó a Chile y
solicitó asilo político, tras ser acusado en su país de encubrir delitos de
lesa humanidad cometidos por la dictadura militar Argentina.
El 16 de mayo
pasado, la fiscal judicial de la Corte Suprema, Mónica Maldonado,
recomendó al ministro Muñoz aprobar la extradición de Romano.
El ministro
Muñoz llegó a la conclusión de que se cumplen los requisitos para extraditar a
Otilio Romano por existir presunciones fundadas de participación en 34
delitos de privación ilegítima de libertad con desaparición forzada de
personas. A ello se añaden 26 delitos de privaciones ilegítimas de
libertad, 36 delitos de torturas, un delito de allanamiento ilegal y un delito
de denegación de justicia, previsto en el artículo 274 del Código Penal
argentino.
Tras la
decisión anunciada por Muñoz, la Corte Suprema deberá pronunciarse en
definitiva si acepta o no el pedido de extradición.
Corte Suprema rechaza recurso de protección por
beneficio a condenados en denominado caso degollados
18 de junio: La Corte Suprema rechazó el recurso de protección presentado
en contra del alcaide del Centro de Cumplimiento Penitenciario de Punta Peuco,
por conceder el beneficio de la salida dominical a Guillermo González
Betancourt y José Fuentes Castro, condenados por los delitos de homicidio en el
denominado caso “Degollados”.
El fallo
determina que no existe actuar ilegal o arbitrario de la autoridad al conceder
el beneficio a los condenados.
Confirman condenas a integrantes del Comando
Conjunto
21 de junio: La justicia ratificó la condena de prisión contra
cinco integrantes del Comando Conjunto por el delito de secuestro
calificado de tres militantes comunistas sucedidos entre 1975 y 1976.
En un fallo
dividido, la VII Sala de la Corte de Apelaciones de
Santiago dictó penas de 5 años de prisión contra el general
retirado de la Fuerza Aérea(FACH) Freddy Ruiz Bunger, César
Palma Ramírez, Juan Saavedra Loyola y el ex oficial de
Carabineros Manuel Muñoz Gamboa, y de 4 años contra el ex oficial de la
Armada Daniel Guimpert Corvalán.
Los militares
fueron condenados como autores de los secuestros calificados de José
Sagredo Pacheco, Alfredo Salinas Vásquez y Juan Antonio Gianelli
Company, mientras Guimpert Corvalán fue declarado culpable por el mismo delito
contra el último de los nombrados.
Los condenados
formaron parte del llamado Comando Conjunto, un organismo formado
principalmente por integrantes de la Fuerza Aérea, civiles de extrema
derecha y ex integrantes de partidos de izquierda que colaboraron tras ser
torturados.
Entre 1975 y
1977, el Comando Conjunto, que coordinaba labores de inteligencia de la
FACH y Carabineros, persiguió y eliminó a miembros del Comité Central del
Partido Comunista (PC).
Dos de las
víctimas de este proceso, José Sagredo Pacheco y Alfredo Salinas
Vásquez, ambos miembros del PC, fueron detenidos el 3 de noviembre de 1975
en Santiago, se les trasladó a la Base Aérea de Colina, en donde se
les torturó y se perdió su rastro hasta la fecha.
A su
vez, Juan Antonio Gianelli Company, también militante comunista,
fue arrestado en su trabajo el 2 de junio de 1976 en la capital,
trasladado a una sede del Comando Conjunto conocido como La Firma, para
ser posteriormente asesinado en el sector rural de Cuesta Barriga, en las
afueras de Santiago.
Dictan procesamiento por caso DDHH
25 de junio: El ministro de fuero de la Corte de Apelaciones de
Santiago Mario Carroza dictó procesamiento en la investigación por el homicidio
calificado de Federico Álvarez Santibáñez, ocurrido el 15 de agosto de 1979, en la
Región Metropolitana.
El magistrado
encausó y ordenó la prisión preventiva de los siguientes agentes de la
Central Nacional de Informaciones (CNI) Odlanier Mena Salinas, Julio
Salazar Lantery, Carlos Durán Low, Jorge Andrade, Jorge Vargas Bories y
Jaime Rubilar Ocampo, Eduardo Araya Pardo, y Luis Sagredo
Valdebenito, como autores de homicidio calificado; y a Manfredo Jurgensen
Caesar y Luis Losada Fuenzalida, como cómplices de homicidio calificado.
Según la
investigación, el 15 de agosto de 1979, Federico Renato Álvarez Santibáñez, de
profesión profesor y militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria
(MIR), “fue detenido junto a Raúl López Peralta, en el centro de Santiago, por
funcionarios de Carabineros de Chile, al ser sorprendido lanzando panfletos del
MIR, para lo cual con el fin de reducirlo, lo golpearon con los bastones de
servicio en el cuero cabelludo, ocasionándole lesiones, las cuales, según el
diagnóstico del médico de turno del Hospital José Joaquín Aguirre, eran de
carácter leve. Que, por los antecedentes de la detención, el Ministerio del
Interior, mediante Decreto N° 2449, dispone el arresto de Álvarez
Santibáñez, siendo éste trasladado en la misma fecha, al cuartel Borgoño de la
Central Nacional de Informaciones, junto al segundo detenido, lugar donde
es sometido a sesiones de interrogatorios y torturas hasta el día 20 de Agosto
de 1979, fecha en que es llevado a la Primera Fiscalía Militar,
disponiendo el Fiscal, ante el evidente mal estado que se encontraba
Federico Álvarez Santibáñez, producto de los tormentos de que fue víctima, su
traslado al Hospital de la Penitenciaría de esta ciudad, quienes al
constatar las contusiones y el estado de gravedad del detenido, lo ingresan a la
Asistencia Pública de esta ciudad, lugar donde fallece el día 21 de Agosto
de 1979, a las 6,50 horas. Que durante el período que Álvarez
Santibáñez permaneció privado de libertad en el cuartel Borgoño, siendo
sometido a intensos interrogatorios y torturas, fue examinado por 2 médicos de la
Central Nacional de Informaciones, quienes certificaron que el detenido se
encontraba en buenas condiciones de salud”.
Todos los
procesados, salvo Odlanier Mena –a quien se le concedió la libertad bajo
fianza– se encuentran privados de libertad.
Llaman a poner fin a las prácticas de tortura
26 de junio: En el Día Internacional de Apoyo a las Víctimas de la
Tortura, establecido por Naciones Unidas, este mismo día, la Comisión Ética
Contrala Tortura (CECT) llamó a las autoridades a implementa cuanto antes
el Mecanismo Nacional de Prevención de Tortura de acuerdo con los compromisos
asumidos por nuestro país al firmar el Protocolo Facultativo contra la
Tortura. Al mismo tiempo, llamó al Estado a incluir dentro del código
penal el delito de tortura tal cual esta establecido en el Derecho
Internacional de Derechos Humanos.
La CECT pidió
poner alto a la represión contra los estudiantes como contra el Pueblo Mapuche
y solicitó a las policías y gendarmería que cesen los casos de tortura que han
sido denunciados por estudiantes, presos comunes y mapuche en el último tiempo.
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