mercoledì 14 novembre 2012

Recomendaciones sobre Capítulo 10 del Informe de Derechos Humanos: La Justicia Militar


Informe Derechos Humanos 2012                                                     Universidad Diego Portales

Este informe acaba de ser presentado por la UDP y contribuye a un mejor entendimiento de las tareas urgentes que la sociedad chilena debe imponerse. He tomado acá el último capítulo de este INFORME pero recomiendo la lectura de todo el informe. (Otros informes - Comisión Ética Contra la Tortura, Instituto Nacional de Derechos Humanos, CODEPU, Amnistía Internacional, FASIC) han mostrado diversos aspectos y tienen el valor de mostrar un problema crónico que el Estado y los gobiernos se han negado a resolver. Persiste el sentido anti-democrático que permitió establecer una Constitución ilegítima que facilita la represión y perpetúa también una sociedad basada en el lucro y en una inequidad e injusticia social intolerables. Los aspectos racistas contra los pueblos indígenas en Chile son parte de este mismo problema:  así se violan los convenios, tratados y acuerdos sobre derechos humanos que Chile ha firmado sin cumplirlos. Los mismos presidentes han criminalizado abiertamente al pueblo Mapuche y a toda la oposición política cuando se refiere a la defensa de derechos humanos fundamentales.(J Venturelli)
http://www.derechoshumanos.udp.cl/wp-content/uploads/2012/11/informe-anual-de-ddhh-2012.pdf )

RECOMENDACIONES del Capítulo 10 Justicia Militar.
(...)  este capítulo termina formulando una serie de recomendaciones. No deja de llamar la atención como, año a año, los problemas informados se siguen repitiendo y no parece haber conciencia de su relevancia ni intentos por solucionarlos.


1. El caso de violencia sexual policial es un ejemplo patente de la ignorancia de los operadores judiciales, particularmente fiscales, acerca de los alcances del fallo Palamara , de lo vinculante de las sentencias de la Corte IDH y de cómo mediante sus actuaciones pueden comprometer la responsabilidad internacional del Estado de Chile. Resulta impresentable que, a siete años del fallo contra nuestro país, se sigan emitiendo opiniones como la siguiente: “la desconfianza que existe o no respecto de los tribunales militares, cada uno puede tener su opinión de eso, pero los tribunales existen y están regulados por ley (…)”. No se debe olvidar que los problemas de la justicia militar en Chile son estructurales y que ello es un hecho acreditado en un juicio internacional.

2. Otro punto que no deja de sorprender es la liviandad con la que el ejecutivo toma la condena del fallo Palamara. Han pasado siete años y se mantiene la mora en su cumplimiento. Parece no existir premura, a tal punto que fue una huelga mapuche la que dobló la mano del ejecutivo y forzó una reforma parcial. En este escenario, no parece recomendable que el Ministerio de Defensa siga siendo responsable de la reforma a la justicia militar, tanto porque su misión institucional es muy amplia, “todo lo que tenga que ver con defensa”, como por el hecho de que existe otro Ministerio que está en mejores condiciones estructurales para hacerse cargo de esta política pública. Esto no supone que Defensa se vuelva irrelevante. Por el contrario, debe participar. Pero el Ministerio que tiene el know how y la experiencia debe ser el que lidere el proceso. (i.e. por un poder judicial civil independiente. Nota de J Venturelli)

3. La reforma a la justicia militar supone una planificación sofisticada para su adecuada implementación. Creemos que la labor llevada a cabo por Defensa muestra muchos “ires y venires” que entorpecen las probabilidades de éxito de esta reforma. Es necesario que el gobierno fije un solo curso de acción y lo mantenga, estableciendo plazos claros y metas concretas. De las entrevistas sostenidas y de la historia del Ministerio de Defensa en esta materia, no se concluye que exista tal planificación. 

4. Es necesario incorporar a la sociedad civil en este proceso de reforma. Ello permitirá adelantar críticas y resolver problemas antes de su ocurrencia. Existe valioso conocimiento técnico en el mundo académico nacional que actualmente se encuentra excluido del trabajo del Ministerio de Defensa. 

5. Finalmente, el Estado debe reexaminar, considerando los estándares internacionales en materia de derechos humanos, el juzgamiento de Carabineros de Chile por la justicia militar. Esto es una decisión discrecional del Estado. Muchos otros países han excluido de esta judicatura a las fuerzas policiales. No se vislumbran razones de peso, que superen el mandato de la Corte IDH, que justifiquen que estos funcionarios no sean juzgados por el mundo civil. 

Nota de J Venturelli La historia en Chile es clara: por su ineficiencia y por el sesgo represivo histórico, la Justicia Militar debe terminarse. Es evidente la necesidad de que Chile establezca una Asamblea Constituyente y una Constitución de características democráticas, que nunca ha tenido. Nada justifica un aparato de Justicia Militar que nada hace por la justicia. 

a. Capítulo extraído de
b. El Fallo Palamara es importante que sea leído. Representa una clara razón por la que la Justicia Militar en Chile no sólo es irrelevante: es una de las causas importantes por que los derechos humanos son violados sistemáticamente. Peor, ponen a la población civil como enemiga del país entero y justifica la represión de forma impune cada vez que trata de defender sus derechos.           (Ver: 
https://www.u-cursos.cl/derecho/2008/2/D129T0779/16/material_docente/previsualizar?id_material=186898)

Nessun commento:

Posta un commento